Sean bienvenidos todos aquellos enamorados de la Información Geográfica.
Hemos nacido en un mundo geoespacial, la información de éste tipo es imprescindible en nuestra vida y por ello es tan variada y abundante.
Aquellos que la producen, aquellos que nos dedicamos a la información en general, debemos estudiar y aplicar la mejor forma de describirla y ponerla al servicio del público en general.

miércoles, 12 de enero de 2011

Metadatos para fotografías aéreas

Resumen

La fotografía aérea presenta una naturaleza dual: es por una parte información geográfica, y por otra una fotografía patrimonial. Esta naturaleza dual, lleva a que la descripción por Metadatos deba cumplir a la vez con 2 estándares, el ISO 19.115 respecto de la Información Geográfica, y el FDR en cuanto se trata de una imagen fotográfica.

Abstract

Aerial photography has a dual nature: on the one hand is geographical information and a photograph of the other assets. This dual nature, leads to the description of metadata has to comply at once with 2 standards, the ISO 19,115 for Geographic Information, and FDR as it is a photographic image.

Palabras clave

Metadatos, digitalización, fotografía aérea

Keywords

Metadata, digitalization, aerial photography

Introducción

La catalogación y descripción de la información geográfica debe realizarse en forma estandarizada, según las normas establecidas por la autoridad competente. Internacionalmente, la norma más empleada es la ISO 19.115.

Una de las formas en que se presenta la información geográfica, es por medio de fotografías aéreas. Estas fotografías, son aquellas imágenes que surgen de la toma por un sensor fotográfico. Normalmente nos referimos a fotografías analógicas.

La digitalización de las fotografías analógicas ha permitido el desarrollo de la moderna fotogrametría digital.

Los medios de captura de datos y representación de la información geográfica siempre reflejan la situación del territorio en un instante concreto del pasado.

La fotografía aérea presenta entonces una dualidad: por una parte es Información Geográfica, fuente para la confección de diferentes formas de representación de la Tierra, y por otra es un bien patrimonial, nos brinda un “retrato cultural” del territorio en ese momento.

Metadatos para las fotografías aéreas

Las fotografías aéreas, más allá de que correspondan a un vuelo fotogramétrico o simplemente a un vuelo fotográfico, nos brindan información geográfica y de la evolución cultural de un lugar, y es desde este punto de vista, que se constituyen en fotografías patrimoniales. Son parte del patrimonio cultural de un lugar.

Como fotografía patrimonial, en su digitalización debemos tener en cuenta las condiciones que se establecen para la generación de masters de Archivo Fotográfico.

Según aconseja el Centro de Fotografía de Montevideo, las fotografías deben ser escaneadas en Formato Tiff, que evita las compresiones, color, para poder capturar la textura de los blancos y negros, con una profundidad de bit de 16 bits y 600 dpi al 100 %.

Por esta dualidad de la fotografía aérea, de ser a la vez información geográfica y fotografía patrimonial, sus metadatos, deben cumplir a la vez la Norma ISO 19.115 y los estándares aplicados a la fotografía. Normalmente estándares FDR, que siempre deben acompañarlas.

¿Cuáles son los datos que permiten el mejor aprovechamiento del acervo fotográfico?

En cuanto a que la fotografía aérea es un documento de información geográfica, sus metadatos deben contener:

Datos que describan el conjunto de datos

· Título o nombre o código por el que se conoce al conjunto de datos, así como un breve resumen que explica su contenido. Para describir este conjunto de datos se necesita información sobre: forma de llamarlo, área geográfica que cubre (coordenadas máximas y mínimas de la zona), período de tiempo de realización, es decir fecha de inicio y final del vuelo, si es una fotografía analógica o digital.

Datos del Contacto o Responsable de los Datos

· Nombre completo y forma de contacto de las Instituciones, Organizaciones o particulares responsables de esta información, ateniéndonos a lo que indica la norma respecto de la citación de responsables

· Autores, compiladores o editor

· Dirección para hacer consultas sobre el recurso

Datos sobre la creación del recurso

· Los motivos o por el que se creó el conjunto de datos

· Descripción del proceso de creación y sus características técnicas: escala de las fotografías aéreas, tipo de cámara, distancia focal, tipo de lente, tipo de película, etc.

Deben consignarse también los datos de Planeamiento del Vuelo: altura, dirección de vuelo, altura solar mínima, número de fotos por banda o pasada. También, cuando sea pertinente y existan, deben estar disponibles datos sobre el trabajo de campo: coordenadas de puntos de apoyo, precisiones, etc.

Debe aportarse, en lo posible, la descripción de los criterios que permitan calcular la precisión que puede esperarse del producto: Precisión plani – altimétrica, escala cartográfica adecuada para el vuelo, etc.

Datos de la Distribución

· Descripción de las restricciones legales de acceso y uso del conjunto de datos, así como de la forma de poder acceder a los mismos (datos del Distribuidor)

Autoría de los metadatos

· Datos de la persona responsable de la confección de la meta – información

Considerando a la fotografía aérea como una fotografía patrimonial, deben consignarse datos sobre quien, como y donde se obtuvo la fotografía, datos como fecha y hora de la toma, modelo de cámara, apertura, velocidad, longitud focal, valor ISO utilizado… y, si la cámara es digital, software que utiliza.

Debe proporcionarse información del copyright y, en lo posible, una vista previa; cuando la cámara disponga de un GPS integrado, se proporcionarán los valores de Geo - localización.

Deben consignarse todas las acciones realizadas sobre cada fotografía, la fecha en que se realizó la acción, proceso a que fue sometida, autoría y controles a que fue sometido el procedimiento

Los metadatos para fotografías patrimoniales deben ajustarse al estándar RDF, pero éste es perfectamente representable por un esquema tan sencillo como el Doublin Core.

Conclusión

Todos los datos que deben consignarse están incluidos en los que indica la Norma ISO 19.115, así que a ésta norma corresponderá el esquema de metadatos para fotografías aéreas, teniendo cuidado que aquellas que hayan sido digitalizadas o sean tomadas por cámaras digitales, presenten incluidos los metadatos mínimos del esquema RDF.

Bibliografía

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